{"id":3428,"date":"2026-09-16T03:02:49","date_gmt":"2026-09-16T06:02:49","guid":{"rendered":"https:\/\/laurbe.com.ar\/web\/?p=3428"},"modified":"2026-09-16T03:02:49","modified_gmt":"2026-09-16T06:02:49","slug":"revocaron-el-fallo-que-suspendia-el-nuevo-regimen-penal-juvenil-y-vuelve-a-regir-la-ley","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/laurbe.com.ar\/web\/?p=3428","title":{"rendered":"Revocaron el fallo que suspend\u00eda el nuevo R\u00e9gimen Penal Juvenil y vuelve a regir la ley"},"content":{"rendered":"<h2>Revocaron el fallo que suspend\u00eda el nuevo R\u00e9gimen Penal Juvenil y vuelve a regir la ley<\/h2>\n<p>\u00bfQuer\u00e9s recibir alertas de \u00faltimo momento?<\/p>\n<p>La Justicia revoc\u00f3 la suspensi\u00f3n del nuevo R\u00e9gimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires y dej\u00f3 sin efecto la medida cautelar que hab\u00eda frenado durante 60 d\u00edas la aplicaci\u00f3n de la Ley 27.801. La decisi\u00f3n fue adoptada este martes por la Sala I de la C\u00e1mara de Apelaci\u00f3n y Garant\u00edas en lo Penal de Lomas de Zamora.<\/p>\n<p>El tribunal hizo lugar a la apelaci\u00f3n presentada por el fiscal Hern\u00e1n Ceruti contra la resoluci\u00f3n de Marta Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N\u00b0 2 de Lomas de Zamora. La magistrada hab\u00eda considerado que no estaban dadas las condiciones materiales e institucionales para aplicar el nuevo sistema, que incorpor\u00f3 a adolescentes de 14 y 15 a\u00f1os al r\u00e9gimen penal.<\/p>\n<p>Los camaristas Miguel Carlos Navascu\u00e9s y Miguel Mar\u00eda Alberdi consideraron inadmisible que, mediante una medida cautelar, se suspendiera con alcance general una ley sancionada por el Congreso Nacional. Con la revocaci\u00f3n, qued\u00f3 nuevamente habilitada la aplicaci\u00f3n de la normativa en territorio bonaerense.<\/p>\n<p>La Ley 27.801 fue sancionada el 27 de febrero de 2026 y publicada el 9 de marzo. Estableci\u00f3 un nuevo r\u00e9gimen penal para adolescentes desde los 14 a\u00f1os y hasta antes de cumplir los 18, en reemplazo del esquema previsto por la Ley 22.278. Su entrada en vigencia hab\u00eda sido fijada para 180 d\u00edas despu\u00e9s de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Dos d\u00edas despu\u00e9s de que comenzara a regir la normativa, Pascual dispuso su suspensi\u00f3n cautelar por 60 d\u00edas en el marco de un h\u00e1beas corpus colectivo y preventivo promovido por la Asociaci\u00f3n Civil \u201cNo Seas Pavote\u201d, integrante de la Federaci\u00f3n Familia Grande Hogar de Cristo.<\/p>\n<p>La magistrada fundament\u00f3 su decisi\u00f3n en la necesidad de proteger los derechos de los adolescentes que pudieran quedar privados de su libertad. Entre sus argumentos, plante\u00f3 que la incorporaci\u00f3n de j\u00f3venes de 14 y 15 a\u00f1os podr\u00eda incrementar significativamente la cantidad de personas alojadas en los dispositivos provinciales y advirti\u00f3 sobre las condiciones de infraestructura y recursos disponibles.<\/p>\n<p>La decisi\u00f3n de primera instancia fue apelada por el fiscal Hern\u00e1n Ceruti, quien sostuvo que una acci\u00f3n de h\u00e1beas corpus requiere la existencia de una amenaza concreta contra la libertad ambulatoria o contra las condiciones en las cuales esa libertad se encuentra restringida.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el planteo fiscal, la suspensi\u00f3n no pod\u00eda basarse exclusivamente en una eventual situaci\u00f3n futura sin elementos que demostraran que efectivamente iba a producirse. Tambi\u00e9n se\u00f1al\u00f3 que no hab\u00eda sido identificado un adolescente cuya libertad hubiese resultado ilegalmente limitada por la aplicaci\u00f3n de la nueva normativa.<\/p>\n<p>La Fiscal\u00eda cuestion\u00f3 adem\u00e1s que se hubiera considerado como un hecho cierto el eventual incremento de j\u00f3venes detenidos y su impacto sobre el sistema bonaerense. En ese sentido, Ceruti sostuvo que \u201cla conclusi\u00f3n adoptada por la resoluci\u00f3n transforma una posibilidad en una certeza\u201d.<\/p>\n<p>Al analizar el recurso, la C\u00e1mara puso el foco en los l\u00edmites que tiene el Poder Judicial para suspender una norma sancionada por el Congreso. Los jueces se\u00f1alaron que las leyes aprobadas mediante los mecanismos constitucionales correspondientes cuentan con presunci\u00f3n de legitimidad mientras no sean declaradas inconstitucionales en un caso concreto.<\/p>\n<p>Los camaristas entendieron que una medida cautelar no puede utilizarse para dejar sin efecto temporalmente una ley nacional con alcance general sobre todo un territorio. En ese punto, sostuvieron que una suspensi\u00f3n de esas caracter\u00edsticas resulta incompatible con el sistema republicano de gobierno y la divisi\u00f3n de poderes.<\/p>\n<p>Para fundamentar esa posici\u00f3n, la C\u00e1mara recurri\u00f3 adem\u00e1s al precedente \u201cThomas, Enrique c\/ E.N.A. s\/ amparo\u201d, dictado por la Corte Suprema de Justicia en 2010. Ese antecedente estableci\u00f3 criterios respecto del control de constitucionalidad y de los l\u00edmites de una cautelar para neutralizar los efectos generales de una ley.<\/p>\n<p>La C\u00e1mara aclar\u00f3, sin embargo, que revocar la suspensi\u00f3n no implicaba desconocer eventuales problemas en las condiciones de alojamiento de adolescentes privados de su libertad. El tribunal se\u00f1al\u00f3 que, ante una situaci\u00f3n concreta de agravamiento de las condiciones de detenci\u00f3n, el juez competente puede adoptar medidas urgentes para garantizar los derechos de los j\u00f3venes afectados.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, los camaristas exhortaron a la administraci\u00f3n provincial a disponer los recursos necesarios para cumplir con los est\u00e1ndares constitucionales y convencionales que rigen la privaci\u00f3n de libertad de adolescentes. De esta manera, diferenciaron la discusi\u00f3n sobre las condiciones materiales de detenci\u00f3n de la posibilidad de suspender de manera general la aplicaci\u00f3n de una ley nacional.<\/p>\n<p><small>Fuente: <a href=\"https:\/\/www.elonce.com\/\" target=\"_blank\">https:\/\/www.elonce.com\/<\/a><\/small><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Revocaron el fallo que suspend\u00eda el nuevo R\u00e9gimen Penal Juvenil y vuelve a regir la ley \u00bfQuer\u00e9s recibir alertas de \u00faltimo momento? 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